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    Micros de larga distancia: el equipaje deberá estar registrado a nombre del pasajero

    En 60 días, se deberán implementar nuevas formas de asegurar la correspondencia entre los viajeros y sus pertenencias.

    13 de enero de 2026 | 10:28
    Micros de larga distancia: el equipaje deberá estar registrado a nombre del pasajero

    De ahora en más, las valijas deberán estar registradas a nombre de cada pasajero para viajes en micros de larga distancia. Así lo estableció este lunes la Secretaría de Transporte que aprobó un nuevo régimen para la identificación y trazabilidad de equipajes y encomiendas en el transporte automotor de pasajeros.

    La resolución 4/2026, publicada en el Boletín Oficial, establece que los transportistas podrán definir libremente las características técnicas y de diseño de los dispositivos utilizados para vincular el equipaje con el pasajero, siempre que se garantice la seguridad e inviolabilidad del sistema. Para eso, la nueva normativa da 60 días a las empresas para implementar los sistemas que necesiten.

    La nueva resolución deja sin efecto el sistema anterior de control, basado en marbetes y fajas físicas con características técnicas predeterminadas. Según el texto, ese esquema se consideró incompatible con los principios de desregulación y libre competencia que busca el Gobierno.

    En este sentido, el documento reafirma la idea de que el Estado Nacional “(...) promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.

    Además, recordó que “dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda”.

    A partir de la entrada en vigencia de la nueva medida, que será efectiva a mediados de marzo, los operadores de transporte automotor de pasajeros interjurisdiccionales podrán optar por mecanismos documentales o tecnológicos verificables. En ese sentido, podrán aplicar códigos impresos en los pasajes, QR, registros digitales en sistemas de venta, etiquetas propias u otras herramientas que aseguren la trazabilidad.

    La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será responsable de fiscalizar en sus inspecciones la efectiva correspondencia entre equipajes y pasajeros, priorizando el control sobre la seguridad del dispositivo elegido más allá de las especificaciones técnicas.

    Fuente: Agencia DIB

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