Crean un registro para garantizar la atención médica de los monotributistas
Es para las personas con monotributo afectadas por la baja de obras sociales. La resolución 492/2026 se publicó en el Boletín Oficial.
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La Superintendencia de Servicios de Salud publicó este jueves en el Boletín Oficial la Resolución 492/2026, que crea una sección especial en el Registro de Agentes de Salud destinada a entidades dispuestas a recibir afiliados monotributistas provenientes de obras sociales o prepagas dadas de baja por el organismo.
La inscripción en esta sección implica el compromiso expreso de incorporar a estos afiliados, garantizando la continuidad de su cobertura. Podrán inscribirse los Agentes del Seguro de Salud que se encuentren activos en el sistema, registrados conforme al artículo 69 bis del Decreto N° 1/2010 y que no estén sujetos a procedimientos de crisis.
La medida se enmarca en los criterios establecidos por el Decreto 1400/2001, que regula la distribución de beneficiarios cuando una entidad es dada de baja, y fija los parámetros para su reasignación entre los agentes que acepten incorporarlos.
Es importante destacar que esta disposición aplica exclusivamente a monotributistas. En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, se mantiene el derecho a ejercer la opción de cambio a través de la web de la Superintendencia, pudiendo elegir libremente entre las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS).
El objetivo central es garantizar que los afiliados no pierdan en ningún momento su cobertura de salud. En este sentido, la Superintendencia continúa avanzando en el ordenamiento del sistema, promoviendo la competencia, la transparencia y la libertad de elección.
Mecanismos de control y garantías para los afiliados
La medida incorpora controles operativos e informáticos para que la reasignación de afiliados se realice de manera automática y segura, evitando interrupciones en la cobertura. El nuevo esquema de gestión, impulsado por la Superintendencia de Servicios de Salud y el Ministerio de Salud, exige el cumplimiento estricto de los requisitos legales antes de admitir nuevos afiliados y promueve herramientas de auditoría para monitorear el sistema.
La resolución destaca que, hasta ahora, el esquema vigente dificultaba la reasignación de afiliados monotributistas frente a situaciones de incumplimiento, liquidación o crisis en las entidades. Con este reordenamiento, el objetivo es que ningún monotributista quede sin servicios médicos en caso de baja de su agente de salud.
El establecimiento de este registro busca fortalecer la competencia entre las obras sociales, que deberán mejorar la calidad de sus prestaciones para mantener y atraer afiliados. Los usuarios, en tanto, contarán con mayor información y alternativas, lo que incrementa su seguridad ante eventuales cambios en la estructura de la cobertura médica en Argentina.
La medida representa un avance en la transparencia y el ordenamiento del sistema, garantizando que los monotributistas no pierdan en ningún momento su derecho a la atención sanitaria, según lo señalado por la Superintendencia de Servicios de Salud en la normativa publicada.
Fuente: Agencia DIB
