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    Claves del voto accesible: el derecho de todos y todas a sufragar sin dificultades

    Durante la jornada se despliegan medidas para eliminar las barreras y obstáculos existentes en el proceso electoral como la implementación del Cuarto Oscuro Accesible y Voto Asistido. 

    28 de agosto de 2025 | 19:08
    Claves del voto accesible: el derecho de todos y todas a sufragar sin dificultades

    El próximo 7 de septiembre las y los bonaerenses elegirán a representantes para cargos provinciales y municipales: diputados y senadores provinciales según su municipio de residencia, concejales y consejeros escolares en las 8 secciones electorales.  

    En el Artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se establece que las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la vida política. En la Argentina los tratados de Derechos Humanos tienen rango constitucional en Argentina (Ley 27044). Por eso, las personas con discapacidad tienen derecho a votar y a ser votados 

    De esta forma, con el propósito de promover y facilitar el ejercicio pleno de los derechos políticos de todas las personas, se implementan diversas medidas destinadas a la eliminación de barreras y obstáculos existentes en el proceso electoral.

    En la Provincia de Buenos Aires, la Resolución 156 sobre Voto Asistido resuelve la existencia de un Cuarto Oscuro Accesible (COA) y del Voto Asistido. Además, toda persona que presenta alguna discapacidad tiene el derecho a: 

    - Poder entrar, quedarse y salir del lugar de votación sin dificultad.

    - Recibir información clara, fácil de entender y en formatos accesibles.

    - Pedir ayuda o apoyo durante cualquier parte del proceso de votación.

    - Contar con un Cuarto Oscuro Accesible (COA) en cada lugar de votación.

    - Elegir votar en su mesa asignada o en el COA.

    - Votar con ayuda de:

    Una persona de su confianza

    La autoridad de mesa

    Su perro guía o de asistencia

    - Pedir prioridad para votar sin hacer fila.

    No es obligatorio tener Certificado Único de Discapacidad (CUD) para pedir apoyo.

    Para poder votar, entonces, solo hay que tener 16 años o más (las y los migrantes votan a partir de los 18 años), tener domicilio en la provincia de Buenos Aires, llevar el último DNI y figurar en el padrón electoral 

    Para obtener más información sobre el lugar de votación, la escuela, la mesa y número de orden se puede ingresar a:  https://eleccionesbonaerenses.gba.gob.ar/

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