
Carnaval: el Gobierno definió si habrá feriados o días no laborables
El calendario oficial fija el esquema de descansos del primer tramo del año y aclara cómo impacta en el cronograma laboral y turístico.
:format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/d6ded7a95ea8e79c843fe8511d0a29a4.jpg)

El inicio de 2026 tendrá una de las primeras pausas extendidas del año con la llegada del Carnaval, una fecha que suele generar consultas sobre su alcance dentro del calendario oficial y su impacto en la organización laboral y personal.

De acuerdo con el cronograma nacional de feriados, las celebraciones se ubican en lunes 16 y martes 17 de febrero, lo que configura un descanso consecutivo de cuatro días al combinarse con el fin de semana previo. La disposición confirma que ambas jornadas tienen carácter de feriados nacionales, lo que despeja dudas habituales sobre si se trata de días no laborables optativos.
La ubicación de estas fechas permite, además, que con una planificación mínima muchos trabajadores puedan enlazar el descanso con otros días de licencia, una práctica que se volvió recurrente en los últimos años.
El próximo descanso extendido a nivel nacional
Tras el feriado de Año Nuevo, el siguiente corte en la actividad será precisamente el Carnaval. En 2026, al caer lunes y martes, se conforma uno de los fines de semana largos más extensos del primer semestre, con impacto directo en la actividad turística y en la planificación del sector privado y público.
Calendario nacional de feriados 2026
El listado oficial establece los siguientes feriados inamovibles:

Lunes 16 y martes 17 de febrero: Carnaval.
Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.

Viernes 3 de abril: Viernes Santo.
Viernes 1 de mayo: Día del Trabajador.
Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.
Jueves 9 de julio: Día de la Independencia.
Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
Viernes 25 de diciembre: Navidad.
En cuanto a los feriados trasladables, el esquema queda definido de la siguiente manera:
Lunes 15 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (fecha original miércoles 17).
Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Lunes 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (fecha original viernes 20).
Por último, el calendario incluye días no laborables con fines turísticos, que quedan sujetos a la adhesión de cada sector:
Lunes 23 de marzo, previo al feriado del 24 de marzo.
Viernes 10 de julio, posterior al feriado del 9 de julio.
Lunes 7 de diciembre, antes del feriado del 8 de diciembre.




Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión