El Municipio avanza con la idea de arancelar la salud a los pacientes que no tengan domicilio en Pilar.
Así lo dejó explicitado en el proyecto de ordenanza fiscal y tarifaria de 2018, donde se pretende crear una tasa especial que fije el cobro para los "foráneos" sin cobertura, aunque no serán estos los encargados de afrontar ese pago, sino las Comunas en donde residen.
Se trata de la denominada "Tasa por Servicios Asistenciales", que establece que los servicios de salud serán arancelados para las personas que se atiendan en el distrito y no tengan cobertura de obra social o prepaga, por ejemplo, además de estar domiciliados en otros municipios.
El artículo 49 del proyecto de ordenanza impositiva para el año que viene, que por estas horas analiza el Concejo Deliberante, señala que para los "pacientes sin cobertura residentes en el partido, la atención y las prácticas médicas serán brindadas sin cargo" (...) mientras que para los "pacientes sin cobertura no residentes en el partido, se facturará el 100% de las prestaciones brindadas, con cargo a los Municipios donde residen (mientras que) el Departamento Ejecutivo reglamentará el procedimiento" de ese cobro, añade.
El intendente Nicolás Ducoté ya había adelantado que había que debatir la posibilidad de arancelar, debido al crecimiento de personas que se atienden en Pilar y no son del distrito, pero también había manifestado que no necesariamente apuntaba a que sea el paciente el que afronte el costo, sino una suerte de "clearing" entre Comunas, donde sea el Estado el responsable.
Sin embargo, aún no se dieron a conocer cómo serán los procedimientos para avanzar en el arancelamiento a cargo de esos municipios.
Obras sociales
Pero además de establecer un arancel para los fóraneos, también se apunta a cobrarle a las obras sociales y prepagas de pacientes que, con dicha cobertura, se hacen atender en el sistema público, generalmente debido a emergencias o accidentes.
El proyecto, establece que para los pacientes que tengan obras sociales, sin importar su domicilio, "se facturará con cargo a la cobertura que posea dicho paciente el 100% de las prestaciones brindadas", o según lo establezca el nomencaldor vigente, para el caso que no haya convenios.
En otros términos, se busca, en este último punto, aceitar el recobro a obras sociales y prepagas, mecanismo que si bien ya existe no es siempre aplicado por los médicos, quienes deben solicitarle los datos al paciente, para volcarlos en una planilla especial.
La normativa señala que, en el marco del decreto 939/00, resolución N° 487/2002, y sus disposiciones complementarias, "arancela las prestaciones brindadas por los efectores públicos del sector del salud del Municipio con el propósito del recupero de recursos genuinos", al tiempo que aclara que "no se prevé el pago de coseguros o cualquier otro pago directo al hospital por parte del beneficiario".