Sobreseyeron a Javier y Karina Milei en la causa $Libra
El fallo del juez Marcelo Martínez de Giorgi comprende a once imputados y se archivará cuando quede firme.
:format(webp):quality(75)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/2026/10/javier_y_karina_milei_sobreseidos_en_la_causa_libra.webp)
El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi sobreseyó al presidente Javier Milei y a su hermana, la secretaria general de la Presidencia Karina Milei, en la causa $Libra, que investigaba una presunta estafa con criptomonedas vinculada al lanzamiento y la promoción de ese token. La medida, dispuesta por el Juzgado Criminal y Correccional Federal 8, alcanzó a los once imputados y se fundó en la inexistencia de delito.
El magistrado resolvió luego del pedido de sobreseimiento que formuló el fiscal Eduardo Taiano. Con ese dictamen y sin querellantes que puedan apelar, el expediente quedó cerrado y, una vez firme la decisión, se comunicará y se archivará la causa.
Respecto de las figuras investigadas —estafa, abuso de autoridad y negociaciones incompatibles con la función pública—, el juez concluyó que “los sucesos denunciados no encuadran en una figura legal”, según la resolución a la que tuvo acceso la agencia DIB.
El descarte de la estafa
En cuanto a la estafa, no se acreditó “un engaño penalmente relevante”, sostuvo Martínez de Giorgi. La “investidura institucional” del Presidente pudo darle al token “una repercusión y una visibilidad particulares”, admitió el juez, aunque planteó que eso no equivale a “un ardid defraudatorio”.
Según informó Noticias Argentinas, el fallo también señaló que el token operó dentro del mercado especulativo y volátil de las criptomonedas, sin que se garantizaran rentabilidades, y que la caída de su cotización, por sí sola, no configura el delito.
La distribución de ganancias y pérdidas no fue menor. De acuerdo con la propia resolución, unas pocas billeteras retiraron alrededor de US$100 millones, mientras que más de 40.000 personas que habían comprado $Libra sufrieron pérdidas tras el posteo presidencial del 14 de febrero de 2025.
El juez no negó esa disparidad, pero consideró que las pérdidas de los compradores y las ganancias de otros participantes no bastaban, por sí solas, para demostrar una estafa. Al respecto, advirtió contra “inferir la existencia de una maniobra defraudatoria exclusivamente a partir de la distribución final de ganancias y pérdidas”.
El mensaje en X como acto individual
Para descartar el abuso de autoridad y las negociaciones incompatibles, el juez tomó en cuenta informes de la Secretaría Legal y Técnica, de la Secretaría General de la Presidencia —que conduce Karina Milei— y de la Oficina Anticorrupción. Esta última había concluido que el mensaje difundido por Javier Milei desde su cuenta personal de la red social X fue un acto “individual o privado”, sin utilización de recursos públicos ni intervención institucional.
Martínez de Giorgi agregó que el mensaje parecía aludir a “las consecuencias de determinadas decisiones políticas oficialistas” sobre los mercados y lo comparó con “la presencia presidencial en la inauguración de alguna fábrica”. En tanto, según Noticias Argentinas, no se encontraron acuerdos confidenciales ni contratos estatales que relacionen la función pública con la iniciativa privada.
Sin pruebas de pagos por reuniones
Por su parte, respecto del tráfico de influencias atribuido a Karina Milei, las pruebas y los peritajes sobre dispositivos electrónicos no lograron confirmar pagos de dinero ni dádivas a cambio de facilitar reuniones con empresarios extranjeros, como Hayden Davis y Julian Peh, de acuerdo con Noticias Argentinas. Las referencias en notas digitales sin firma y las menciones periodísticas tampoco constituyeron una prueba objetiva de un intercambio ilícito.
El valor de los informes de la DATIP
El juez también cuestionó el valor probatorio de los informes de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP). Invocó un sumario administrativo que tuvo por probado “un ingreso indebido” de una empleada a documentación reservada del caso, parte de la cual “trascendió a la prensa”.
Según la resolución, ese episodio afectó “de alguna manera” la cadena de custodia y resintió el valor probatorio de los informes. No los declaró nulos, pero consideró que sus conclusiones, junto con el resto de las pruebas, no alcanzaban para corroborar la hipótesis delictiva.
Pistas que no llegaron a una conclusión incriminatoria
Las cajas de seguridad vinculadas con Mauricio Novelli estaban vacías cuando fueron allanadas, aunque las filmaciones registraron ingresos de María Alicia Rafaele y María Pía Novelli en fechas cercanas al lanzamiento. Por su parte, los informes técnicos no lograron vincular a Camilo Rodríguez Blanco y Orlando Mellino con los hechos investigados, pese a que se habían detectado movimientos de dinero en fechas próximas al lanzamiento.
En materia de criptoactivos, el Departamento Técnico del Cibercrimen de la Policía Federal reconstruyó movimientos de fondos desde billeteras identificadas como “Team Libra Wallets” hacia otras direcciones y plataformas de intercambio. Esos hallazgos derivaron en medidas cautelares, requerimientos de información y el bloqueo de determinadas billeteras. Sin embargo, las respuestas de las empresas fueron parciales y algunas tareas de trazabilidad no pudieron completarse por falta de herramientas técnicas bajo licencia.
Las decisiones de septiembre en Argentina y Estados Unidos
En paralelo, las autoridades estadounidenses cerraron su expediente de asistencia judicial al considerar insuficientes los elementos aportados para acreditar una conexión entre los investigados, los delitos denunciados y los registros requeridos.
Además, el juez invocó dos decisiones de septiembre. La del día 4, de la Cámara Federal porteña, apartó a los inversores como querellantes por considerar “diluida” la hipótesis de un plan organizado desde el poder. La del día 29, de un tribunal federal de Nueva York, desestimó una demanda civil contra Kelsier Labs y Davis por razones procesales y sustantivas, incluida la falta de jurisdicción respecto de algunos planteos.
Los once sobreseídos
La resolución alcanzó a Mauricio Novelli, Manuel Terrones Godoy, Sergio Morales, el empresario estadounidense Hayden Mark Davis, Chyi Haur Peh (Julian Peh), María Alicia Rafaele, María Pía Novelli, Camilo Rodríguez Blanco y Orlando Mellino. En total, el juzgado dispuso el sobreseimiento definitivo de los once imputados, a quienes no había citado a indagatoria.
La formación del proceso “no afecta el buen nombre y honor” de los imputados, aclaró Martínez de Giorgi.
