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    El Ministro de Seguridad Ritondo presentó un proyecto contra los "motochorros"

    Los que circulen en moto deberán llevar casco y chaleco con el dominio del rodado. Además, los Municipios dispondrán de áreas restringidas para circular.

    25 de abril de 2018 | 23:01
    El Ministro de Seguridad Ritondo presentó un proyecto contra los "motochorros"

    El Ministro de Seguridad bonaerense Cristian Ritondo presentó un proyecto de ley que apunta a combatir la modalidad delictiva conocida como "motochorros".

    La propuesta, elaborada por los diputados de Cambiemos Carolina Píparo y Matías Ranzini, establece una serie de obligaciones y limitaciones para los motociclistas, como el uso obligatorio de casco y chaleco reflectante con la patente grabada para el conductor y el acompañante.

    También establece que a quienes no tengan estos elementos se les podrá secuestrar el vehículo y tampoco se les podrá vender combustible. Además le da 45 días a los municipios para establecer zonas donde no se podrá ir de a dos en moto.

    La medida, en rigor, tiene muchos aspectos que ya habían sido puestos en práctica por el gobierno de Daniel Scioli primero, en la provincia, y por la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich a nivel nacional.

    Ahora, establece que “los conductores y acompañantes deberán circular con casco reglamentario debidamente homologado. Su incumplimiento será considerado falta grave. Para el caso de ciclomotores y motocicletas, conductor y acompañante, en el marco de lo estipulado en el artículo 9° de la presente ley, deberán llevar la identificación dominial del vehículo en ambos laterales del casco con letras y números reflectantes de un color que no coincida con el del casco”.

    “Queda prohibido el suministro de combustible para vehículos ciclomotores, motocicletas, triciclos motorizados, cuatriciclos livianos y cuatriciclos, cuando su conductor y acompañante no lleven consigo el casco reglamentario y el chaleco reflectante”, dice otro de los artículos de la propuesta.

    Además, señala que en un plazo de 45 días de aprobada y promulgada la normativa, "los municipios de la Provincia de Buenos Aires, deben elevar al Ministerio de Seguridad el diseño geográfico de las zonas, días y horarios con prohibición para la circulación de motovehículos con dos ocupantes y la delineación del perímetro geográfico de cada Partido donde rija la obligatoriedad del uso de los chalecos reflectantes y el casco".

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