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    Ordenan indemnizar a una pasajera que fue arrojada del Tren Belgrano Norte durante un asalto

    La Justicia responsabilizó a Ferrovías por permitir que la formación marchara con las puertas abiertas. Por el hecho, ocurrido en 2015, la víctima sufrió la amputación de una pierna.

    25 de agosto de 2026 | 14:24
    La Justicia constató que, en el hecho, la formación circulaba con las puertas abiertas.
    La Justicia constató que, en el hecho, la formación circulaba con las puertas abiertas.

    La Justicia ordenó a la empresa Ferrovías a indemnizar a una pasajera del Tren Belgrano Norte que, en medio de un asalto, fue arrojada de la formación en movimiento y por las heridas sufrió la amputación de una pierna. 

    El hecho ocurrió en el año 2015 y ahora, once años después, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena contra la empresa concesionaria. 

    Puntualmente se ordenó a Ferrovías S.A.S. a indemnizar a la víctima con $200 millones más intereses. 

    El hecho ocurrió el 11 de marzo de 2015, cerca de la estación Carapachay, y la víctima sufrió la amputación de su pierna derecha, además de múltiples lesiones físicas y un profundo daño psicológico. 

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      Para los jueces, la empresa incumplió su deber de seguridad al permitir que la formación circulara con las puertas abiertas. 

      Todo sucedió cuando la formación comenzaba a salir de la estación Carapachay. En ese momento, un delincuente intentó arrebatarle el celular a E.P.R. 

      La mujer forcejeó para evitar el robo y el atacante la empujó hacia el exterior del vagón, cuya puerta permanecía completamente abierta.

      La víctima cayó a las vías y fue arrastrada varios metros por el tren, lo que provocó la amputación instantánea de su pierna derecha y, graves heridas en distintas partes del cuerpo.

      Durante el juicio quedó acreditado que la formación presentaba varias deficiencias en materia de seguridad. 

      Entre ellas, que las puertas permanecían abiertas mientras el tren estaba en movimiento; el guarda despachó la formación sin verificar el cierre de los accesos y no había custodia policial preventiva. 

      La víctima quedó con una incapacidad física cercana al 92% y una incapacidad psicológica del 50%. Luego de una revisión del monto indemnizatorio fijado en primera instancia, finalmente se estableció que la misma ascienda a casi 200 millones de pesos.

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