Luego de que se conociera el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, que dio por caído el recurso de amparo concedido por el Juez Adrián González Charvay, que le ponía freno a la construcción de dos termoeléctricas, los vecinos ya anunciaron que apelarán.
Es que la Cámara resolvió "desestimar la acción preventiva de daño promovida, por inexistencia de 'caso' o 'causa'", medida que no solo alcanza a la firma APR Energy, sino también a Araucaria, ambas en construcción en Villa Rosa, en el límite con Escobar.
Los vecinos sostienen que las empresas son altamente contaminantes por las emanaciones de gases fruto de la quema del gasoil de las usinas, además de generar ruidos molestos, estar emplazadas en zonas cercanas a áreas residenciales, acopiar millones de litros de gasoil y hacer un uso intensivo del agua.
Las empresas, en tanto, siempre señalaron que no funcionarán a gasoil, sino a gas natural, y que el combustible líquido será usado como respaldo. Además, indicaron que se colocarán paneles insonorizantes, y que el uso del agua es menor al advertido por los vecinos, ya que se trata de motores con circuitos cerrados donde el recurso hídrico se reutiliza.
Los Jueces, por su parte, señalaron que no hay prueba concreta del presunto daño ambiental denunciado por los vecinos, al menos hasta el momento (manifestaron que el principio precautorio al que aducen los denunciantes debe aplicarse con "razonabilidad"), y mencionaron que son varios los organismos que aseguraron que se permitirá que las plantas trabajen solo si se ajustan a la legislación vigente.
"No puede soslayarse, que en el caso, los accionantes se limitaron a invocar un perjuicio que aparece como remoto o conjetural, al fundarse en los eventuales daños que podría ocasionar el funcionamiento de la termoeléctrica Central Matheu II. (...) No puede perderse de vista que el O.P.D.S. dejó establecido que la obra quedaba condicionada al estricto cumplimiento de los requisitos (...), la Autoridad del Agua indicó qué cuestiones debían cumplirse (...), y el Concejo Deliberante de Pilar, a través de la resolución 865, requirió también el cumplimiento de diversas cuestiones, lo que da clara muestra que a la fecha la Central Termoeléctrica todavía no se encuentra habilitada para funcionar", expusieron en los considerandos los integrantes de la Cámara, Alberto Lugones y Juan Pablo Salas en el escrito firmado el 16 de mayo.
"Es decir, recién una vez que se verifique el cumplimiento de los distintos requisitos a los que se hizo referencia a lo largo de la presente y cada una de las autoridades de aplicación intervinientes –dentro del marco de sus respectivas competencias- se expidan de modo acabado y definitivo en las materias que les incumben y el municipio también lo haga del mismo modo sobre la habilitación que autorice el inicio de la actividad de la Central, existiría – eventualmente y según el sentido de cada una de esas decisiones- la posibilidad de que surja una cuestión susceptible de ser traída a conocimiento de la justicia", añadieron los Jueces.
Arbitrario
Los vecinos, nucleados en la Asociación Civil Juvevir y Ambientalistas Autoconvocados, ya anunciaron que apelarán la medida de la Cámara ante la Corte Suprema de Justicia, e indicaron que el fallo es poco claro y “arbitrario”.
“Es un fallo muy llamativo. No resuelve el tema de las cautelares, y por otro lado dice que no hay controversia, porque no se probó todavía el daño. Da por tierra el juicio de fondo, que lleva muchos años y pericias justamente tendientes a probar los riesgos. Nos parece absurda la resolución, incomprensible”, expuso el abogado ambientalista Gustavo Madeira, representante de los vecinos.
"Yo interpreto que todavía no están autorizadas a funcionar, y tampoco a hacer obra, porque aún no tienen cumplimentados todos los requerimientos. Acá no hubo, por ejemplo, audiencia pública en lo que tiene que ver con el cambio de zonificación, y hay que recordar que comenzaron a construirse sin todas las autorizaciones, algo que no se menciona en el fallo. Tengo fe respecto a lo que pueda pasar en la Corte Suprema de Justicia, donde apelaremos”, añadió Madeira en contacto con el programa Agenda Propia, de FM Estudio 2.
El fallo indica que las plantas solo podrán funcionar una vez que cumplimenten con la normativa ambiental, tanto local como provincial o nacional, pero Madeira sostuvo que la mayoría de esos organismos son los que permitieron que las plantas arranquen con las obras sin toda la documentación, además de haber concejales y funcionarios del Ejecutivo denunciados e investigados en una causa penal paralela.
“Ahora la decisión de que las plantas funcionen va a estar en manos de la intendencia y otros organismos públicos, por lo que los vecinos analizarán en los próximos días en asamblea qué medidas encarar. El tema vuelva ahora a manos de funcionarios y concejales que están siendo investigados desde lo penal por este mismo tema. Todo nos parece muy extraño. Una de las empresas está muy relacionada con el núcleo del poder político. La sensación que me da es que (la Cámara) se sacó el tema de encima. Y le tiró el fardo al Municipio, al intendente Nicolás Ducoté, al OPDS y a la Autoridad del Agua”, continuó.
Madeira, además, expuso que las plantas fueron eximidas de impuestos, convalidadas por Provincia, además de haber sido incorporadas al sistema nacional de la red de distribución, pese a que aún estaban vigentes las medidas cautelares, es decir que siempre recibieron un trato como si a la postre se supiera que iban a funcionar.