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    Nación habilitó actividades industriales en Pilar y otros 5 municipios

    En el caso del distrito comenzarán a operar empresas vinculadas a la producción del tabaco y las de fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos. Deberán organizar turnos, modos de trabajo y respetar protocolos sanitarios.  

    19 de mayo de 2020 | 12:32
    Nación habilitó actividades industriales en Pilar y otros 5 municipios

    El Gobierno de la Nación habilitó actividades industriales en Pilar y en otros cinco municipios, empresas que así quedarán exceptuadas del cumplimiento del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), medida implementada para frenar el avance del brote de coronavirus.


    En el caso del distrito, se habilitaron los rubros vinculados a la producción del tabaco y los de fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores.


    La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial donde además se incluyen actividades industriales en los municipios de La Matanza, Quilmes, General San Martín, Tres de Febrero y Zárate.


    El decreto, enumera que las industrias pertenecen a los siguientes rubros: Automotriz y autopartes, Industria indumentaria, Industria Metalúrgica, maquinaria y equipos, Industria del calzado, Industria gráfica, ediciones e impresiones, Industria de la madera y muebles, Industria de juguetes, Industria Textil, Industria química y petroquímica e Industria de plásticos y subproductos.


    Los rubros habían sido elevados por el Gobierno Provincial para su análisis.


    En el texto de la normativa se establece además que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus”.


    Además, “los desplazamientos de las personas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada”, mientras que “las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros”.


    Con esas aperturas, en tanto, el decreto establece que “la Provincia de Buenos Aires deberá realizar, en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación, el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias correspondientes”.


    “Si la autoridad provincial detectare un signo de alerta epidemiológico o sanitario, deberá comunicarlo de inmediato a la autoridad sanitaria nacional”, dice el texto y agrega que “si se detectare una situación de riesgo epidemiológico o sanitario” se podrá “disponer la suspensión de la excepción dispuesta”.

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