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    ARCA extendió el plazo para presentar la declaración jurada

    La presentación de la declaración jurada del período fiscal 2025 tendrá como nueva fecha límite el 22 de septiembre de 2026.

    25 de agosto de 2026 | 10:33
    ARCA extendió el vencimiento de Ganancias
    ARCA extendió el vencimiento de Ganancias

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió otra vez el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Los contribuyentes alcanzados tendrán tiempo para cumplir con esa obligación hasta el 22 de septiembre de 2026.


    La decisión fue oficializada este martes mediante la Resolución General 5890/2026 publicada en el Boletín Oficial, y comprende a quienes tributan mediante el régimen general y también a los adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

    La nueva fecha reemplaza el vencimiento del 27 de agosto que ARCA había establecido anteriormente. La extensión, sin embargo, alcanza solamente a la presentación de la declaración jurada.

    El plazo para pagar el saldo resultante del impuesto no fue modificado y se mantuvo en el 27 de julio de 2026. De esta manera, las dos obligaciones tienen fechas diferentes: el pago debía efectuarse en julio, mientras que la declaración podrá presentarse hasta el 22 de septiembre.

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      Según indicó ARCA en la normativa, la nueva prórroga se dispuso por “razones de administración tributaria” y con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes.

      La medida alcanza a la declaración anual de Ganancias de 2025, pero también modifica una obligación correspondiente al año en curso. ARCA postergó hasta el 24 de septiembre de 2026 el vencimiento del primer anticipo del impuesto a las ganancias del período fiscal 2026. Ese primer pago a cuenta tenía originalmente su vencimiento durante agosto.

      Cabe destacar que la resolución no introdujo cambios en el impuesto sobre los bienes personales. Tanto la presentación de la declaración jurada como el pago del eventual saldo correspondiente al período fiscal 2025 mantuvieron como fecha límite el 27 de julio de 2026.

      Fuente: Agencia DIB

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