El rechazo en la Legislatura al proyecto de Ley Impositiva para este año obligó al gobierno de Axel Kicillof a adoptar una medida de emergencia para sostener beneficios por pagos anuales, mientras define si deberá postergar el vencimiento de cuotas, que en principio serán idénticos a los de 2024. Al mismo tiempo, la oposición advirtió sobre la posible inconstitucionalidad del esquema que el gobernador aplica para salir del paso.
El tratamiento de la impositiva cayó junto con el del Presupuesto la semana pasada por lo que, más allá de que el Ejecutivo y la oposición acordaron retomar la negociación este mes, por ahora ninguna de las leyes está vigente. Kicillof optó en ese escenario por prorrogar ambas normas del año pasado, a través del decreto 3682.
El capítulo impositivo es el que requiere definiciones más urgentes: ARBA, la agencia de recaudación debe liquidar vencimiento y los primeros ocurren en febrero (la primera de las cinco cuotas del Impuesto Inmobiliario), por lo que debe confeccionar las liquidaciones en unas semanas.
De ahí la prórroga: sin nueva ley de impuestos, por ahora, la prórroga impone el criterio de volver a cobrar lo mismo que el año anterior. Es decir, la primera cuota del inmobiliario 2025 será idéntica a la primera del 2024. De hecho, si no hay acuerdo parlamentario y no se vota una nueva ley, fuentes de la Agencia dijeron a DIB que ese mecanismo se extenderá a todos los impuestos y todo el año.
En ARBA admitieron una particularidad: el vencimiento de febrero del Inmobiliario podría retrasarse unas semanas y pasarse a marzo, mes en el que también comienzan los vencimientos de patentes, debido a que deben readaptar la liquidación para volver a cobrar lo que cobraron en 2024.
Pero hay una excepción al criterio de replicar en materia impositiva el 2024: las bonificaciones -por pago anual, pago con débito o adhesión al débito automático, según el tributo – que el año pasado no habían existido y que ARBA sostendrá este año. Como el beneficio figuraba en la ley que no se votó, la agencia emitirá una resolución para sostenerlas, indicaron a DIB en el Ejecutivo.
En ese contexto, la oposición lanzó una advertencia que podría complicar todo el esquema: cuestionaron la constitucionalidad de la prórroga de la Ley de Impuestos, justamente el mecanismo al que apeló Kicillof para avanzar.
El encargado de hacer pública a objeción fue el presidente del bloque de la UCR + Cambio Federal, Diego Garciarena, uno de los jefes parlamentarios que se sentará con el Ejecutivo cuando se retomen formalmente las negociaciones.
“El art 2 del Decreto 3681/2024 es de dudosa legalidad. A nuestro criterio no puede el Poder Ejecutivo prorrogar la ley fiscal porque se trata de una facultad propia del Poder Legislativo (arts 45 y 103 inc 1 CPBA)”, escribió Garciarena en su cuenta de X para cuestionar la constitucionalidad del camino elegido por Kiciloff.
El jefe parlamentario radical, alineado con la conducción del radicalismo provincial que ejerce el Senador Maximiliano Abad, añadió: “legalidad y anualidad son dos principios que rigen las normas tributarias. “No hay impuestos sin ley” es una máxima que viene desde la revolución francesa. No puede el Ejecutivo emitir normas en materia tributaria en ningún caso. No puede el Poder Ejecutivo prorrogar la Ley Fiscal”.
Aún no hay planteaos judiciales que recojan la objeción de Garciarena y en el Gobierno advierten que hay “dos bibliotecas” respecto del criterio que debe usarse en un caso como este. Insisten, en ese sentido, en que la prórroga es legal. (DIB)